
El Honorable Concejo Delibernte aprobó, en sesión extraordinaria, la realización del loteo de una manzana en el Balneario San Cayetano. Aunque la Municipalidad no confirmó oficialmente la fecha en que llevará a cabo esta subasta, las condiciones de compra y bases aprobadas constan en la siguiente ordenanza:
4288/D/2008
TESTIMONIO
El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º. Autorízase al Departamento Ejecutivo a enajenar, en subasta pública, en forma conjunta, separada o sucesivamente, los lotes de terreno de las manzanas del Balneario San Cayetano designadas, en el Plano de mensura 116-13-74, que se adjunta como Anexo I, con los números DOCE, TRECE y VEINTIOCHO.
Artículo 2º. La manzana designada con el número DOCE está delimitada por las calles Los Eucaliptos, Los Tamariscos, Las Gaviotas y Los Cipreses.
Artículo 3º. La manzana designada con el número VEINTIOCHO está delimitada por las calles Las Gaviotas, Los Patos, Los Pinares y El Salmón.
Artículo 4º. La subasta será pública y al mejor postor, teniendo como base por lote- la suma de PESOS QUINCE MIL ($15.000).
Artículo 5º. La venta se efectuará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ordenanza Nº 73 del 28-02-1985, su reglamentación, demás normas legales vigentes y el Boleto de Compraventa que, como Anexo II, se adjunta al presente.
Artículo 6º. No se podrá adquirir más de un lote por persona, la que deberá estar presente en el momento de la subasta.
Artículo 7º. Facúltese al Departamento Ejecutivo para designar día/s, hora/s, lugar/es para la realización de la/s subasta/s y a las personas o empresas encargadas de la/s misma/s.
Artículo 8º. Derógase la Ordenanza Nº 1435/2007 y cualquier otra disposición egal que se oponga a la presente.
Artículo 9º. – Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial y cumplido. ARCHÍVESE.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL OCHO.-
ORDENANZA Nº 1.557/2008


