
Luego que responsables del Departamento Ejecutivo realizaran un análisis de la situación del tránsito en nuestra ciudad, el Honorable Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza 2.806/2018, estableciendo los límites de circulación para los vehículos de carga.
De acuerdo a lo dictaminado, está prohibido el tránsito vehicular de todo tipo de camiones (con o sin acoplados), semis de carga, herramientas agrícolas de propulsión y de arrastre, y todo tipo de vehículos de portes similares y destinados al traslado de cereal o mercadería en general en la zona comprendida entre las calles:
Eva Perón y Juan C. Magnin
Italia y Presidente Perón
Avenida Hernán Apezteguía, en toda su extensión
Avenida Independencia entre Sargento Cabral y Figueroa Alcorta
Queda exceptuado el sector comprendido entre las Avenidas Eva Perón, Hernán Apezteguía, Sargento Cabral y presidente Perón.
A través de la mencionada Ordenanza queda establecido que el ingreso de los vehículos de carga detallados anteriormente debe ser por las siguientes calles: Sarmiento y Ruta 75, acceso Cementerio y Ruta 75, acceso Molino Balaton y Ruta 75, calle Pedro N. Carrera y Ruta 85.
Los transportes de sustancias alimenticias, materiales de construcción y mercaderías en general podrán transitar de lunes a sábado de 7 a 10 horas. Del mismo modo se permite la llegada por las arterias alternativas a la Avenida principal de acceso, en los casos de ser necesarios acudir a lugares de reparación, gomerías, talleres de chapa, pintura y mecánica en general.
Prensa Municipalidad de San Cayetano.
