En relación al Decreto 1324/21, la Municipalidad de San Cayetano comunica que podrán funcionar “Salones de eventos” que cuenten con habilitación Municipal vigente, previa presentación en la Oficina de Comercio de la nota de solicitud con su correspondiente protocolo (con un aforo máximo del 70% de su capacidad), y el Certificado actualizado de inspección de Bomberos de San Cayetano o Necochea, según corresponda.
Se invita además a los responsables de aquellos locales dedicados al rubro (salones de eventos) que no posean habilitación Municipal a acercarse a la Oficina de Comercio de esta Municipalidad, a efectos de regularizar su situación.
Prensa Municipalidad de San Cayetano.
