
En el marco del Plan Basura Cero, se recuerda que la Ordenanza Fiscal e Impositiva prevé multas para aquellos vecinos que arrojen basura sólida o líquida en la vía pública.
En ese sentido, en su Capítulo III Artículo 80 señala que por “arrojar o depositar basura, desperdicios, animales muertos o enseres domésticos en la vía pública, terrenos baldíos, casas abandonadas u otros lugares prohibidos, públicos o privados, será sancionado con multa de veinte (20) a cien (100) módulos y/o clausura hasta noventa (90) días”.

Del mismo modo, el Artículo 81 afirma que “el desagote de efluentes, residuos o descartes propios de la actividad industrial en la vía pública o en inmuebles de propiedad de terceros, en contravención a disposiciones vigentes, será sancionado con multa de cien (100) a dos mil (2000) módulos y/o clausura hasta noventa (90) días”.
Cada módulo es equivalente al 1% del sueldo básico correspondiente a 8 horas de la categoría 14. A la fecha un módulo se traduce en $ 33,33.-
Al arrojar basura en la vía pública afectamos a los habitantes del lugar, contaminamos la zona y descuidamos el medio ambiente, fundamental para nuestra calidad de vida actual y para nuestros hijos en el futuro.
Prensa Municipalidad de San Cayetano.
