Productor agrario de San Cayetano fue condenado a prisión condicional

 

 

«Vas a terminar como la del country, te voy a matar”, fue la frase utilizada por un productor agrario de San Cayetano para amedrentar a su ex pareja, a quien además le incendió la vivienda y provocó serios daños materiales.

Lo ocurrido con la socióloga María García Belsunce en el Country El Carmel, en Pilar, muerta a balazos en el interior de su casa, pareció reflejarse en esa contundente expresión del hombre que fue condenado en los últimos días por la Justicia necochense, en otro caso de violencia de género.

Según el fallo de la Justicia local, al que tuvo acceso Ecos Diarios, el imputado de los delitos de «incendio y amenazas agravadas por el uso de armas en concurso real” recibió la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y no irá a la cárcel.

Si, deberá someterse a una serie de medidas dispuestas por el Tribunal Criminal Nº 1, como mantener fijado un domicilio por el término de tres años, someterse al Patronato de Liberados y efectivizar mensualmente el pago de la cuota alimentaria pactada oportunamente para el menor de edad, a cargo de la víctima de los hechos.

Cabe señalar que la propia persona que radicó la denuncia en la sede policial cuando se produjeron los violentos episodios, participó del acuerdo arribado entre las partes intervinientes en el caso.

La Fiscalía y los abogados defensores del acusado acordaron la realización de un trámite de juicio abreviado (sin debate oral). La víctima de los hechos también brindó testimonio ante la jueza unipersonal Luciana Irigoyen Testa, donde dio su conformidad por el pacto alcanzado.

Violenta irrupción

El dictamen del Tribunal Criminal señala que entre los días 5 y 6 de noviembre del año 2015, en horas de la noche cuando la víctima descansaba junto a su hijo, irrumpió con violencia el imputado en el domicilio ajeno.

Según la sentencia de la jueza Irigoyen Testa, el productor agrario increpó, denigró y amenazó con un arma a la moradora de la vivienda. «Se trata de un acto de violencia completamente reprochable”, señaló la magistrada en su resolución. 

También puso énfasis en la presencia de un menor de edad durante el desarrollo del «conflicto intrafamiliar generado exclusivamente a partir de los actos cobardes” del imputado de los hechos, expresa otra parte del veredicto condenatorio. ///

Fuente: Ecos Diarios.

 



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