
Por cuenta y orden de la Municipalidad de San Cayetano, los martilleros Luis Mascaró e Ignacio Pecker remataron 18 terrenos pertenecientes a la manzana nº 12 del Balneario San Cayetano. Con un muy buen marco de público e interesados se vendieron la totalidad de los lotes. El más bajo cotizó en $30.000 mientras que el de mayor valor fue adquirido en $50.500.

Lote Comprador Precio Ciudad
1 Jorge Fernández $ 30.500 Monte Grande
3 Mirta Skaarup $ 33.000 San Cayetano
4 Rubén Poulsen $ 30.500 San Cayetano
5 Elio Baccarezi $ 31.000 Tandil

6 Pérez Tiribelli $ 31.000 Tandil
7 Pablo Berellen $ 34.500 Tandil
8 Gastón Cannestracci $36.500 San Cayetano
9 Diego Cuetorua $ 35.000 Plata
10 Pedro Soria $ 30.000 Neuquén
11 José L. Arrate $ 47.000 Necochea

12 Patricia Jones $ 50.000 Cristiano Muerto
13 Nilsen Julián $ 33.500 Tres Arroyos
14 Omar Correa $ 34.000 Buenos Aires
15 Ricardo Kulman $ 35.500 Ochandio

16 Pablo De Leo $ 36.500 San Cayetano
17 Aldo Beaín $ 37.000 San Cayetano
18 Rosalía Sánchez $ 34.000 San Cayetano
19 Francisco Vignola $ 37.500 Monte Grande

Ordenanza de autorización del loteo:
4288/D/2008
TESTIMONIO
El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º. Autorízase al Departamento Ejecutivo a enajenar, en subasta pública, en forma conjunta, separada o sucesivamente, los lotes de terreno de las manzanas del Balneario San Cayetano designadas, en el Plano de mensura 116-13-74, que se adjunta como Anexo I, con los números DOCE, TRECE y VEINTIOCHO.
Artículo 2º. La manzana designada con el número DOCE está delimitada por las calles Los Eucaliptos, Los Tamariscos, Las Gaviotas y Los Cipreses.
Artículo 3º. La manzana designada con el número VEINTIOCHO está delimitada por las calles Las Gaviotas, Los Patos, Los Pinares y El Salmón.
Artículo 4º. La subasta será pública y al mejor postor, teniendo como base por lote- la suma de PESOS QUINCE MIL ($15.000).
Artículo 5º. La venta se efectuará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ordenanza Nº 73 del 28-02-1985, su reglamentación, demás normas legales vigentes y el Boleto de Compraventa que, como Anexo II, se adjunta al presente.
Artículo 6º. No se podrá adquirir más de un lote por persona, la que deberá estar presente en el momento de la subasta.
Artículo 7º. Facúltese al Departamento Ejecutivo para designar día/s, hora/s, lugar/es para la realización de la/s subasta/s y a las personas o empresas encargadas de la/s misma/s.
Artículo 8º. Derógase la Ordenanza Nº 1435/2007 y cualquier otra disposición legal que se oponga a la presente.
Artículo 9º. – Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial y cumplido. ARCHÍVESE.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL OCHO.-
ORDENANZA Nº 1.557/2008
