Coronavirus: permisos para circular

Se recuerda a la población que durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio, aquellas personas que se desempeñan en las actividades exceptuadas en el artículo 6 del DNU 297/20 y sus disposiciones complementarias, solo podrán circular con el Certificado Único Habilitante para Circulación emitido por el gobierno nacional.

Para conseguir el permiso deben ingresar a https://tramitesadistancia.gob.ar/ o https://permisostransito.mseg.gba.gov.ar/, completar un formulario y luego, pasadas 24/48 horas ingresar nuevamente para imprimir el mismo.

Las demás personas deberán permanecer en sus residencias habituales, y solo podrán salir a efectos de realizar compras imprescindibles.

 

DISPOSICIONES

Del mismo modo, es obligatorio el uso de tapaboca o mascarilla comunitaria para todas las personas que circulen dentro del Distrito, tanto en el ámbito público como privado.

Si manipula alimentos se solicita utilizar guantes y cumplir con las normas higiénicas.

Aquellos comercios habilitados a la atención al público, deben respetar los horarios estipulados en los Decretos Municipales 441/2020 y 481/2020.

Se recuerda que desde las 22:00 horas hasta las 6:00 horas está prohibido el ingreso o egreso a la ciudad (salvo por cuestiones de fuerza mayor).

El lavado frecuente de manos y el distanciamiento social son primordiales para prevenir la propagación del virus.

 

Prensa Municipalidad de San Cayetano.



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